El colectivo de jubilados mutualistas que cotizaron en las antiguas mutualidades laborales esperaba, al fin, recuperar el dinero que pagó de más en concepto de IRPF. De hecho, Hacienda ha anunciado que realizará la devolución íntegra durante 2025, rectificando su plan inicial de hacerlo de forma fraccionada hasta 2028. Sin embargo, muchos pensionistas de este grupo, sobre todo quienes perciben rentas muy bajas sin retención, no podrán beneficiarse de esa medida. ¿La razón? No se les retuvo nada en su día, por lo que no tienen derecho a reclamar un importe que no conste oficialmente como abonado.
Los mutualistas con pensiones bajas expresan su malestar ante la falta de devolución
Las quejas no se han hecho esperar. “Soy una jubilada de 76 años y me correspondía una devolución de más de 2.000 euros. Sin embargo, como no me retienen nada en la pensión, no me lo van a devolver”, explica Rosa María Torralba en una carta a la directora. Casos como el suyo, con ingresos mensuales de tan solo 830 euros, evidencian la impotencia de quienes más necesitan cada euro.
Por otro lado, Conrado Vara señala: “¿No es discriminatorio? Es un dinero que cobraron de más en su momento y la sentencia dice que hay que devolverlo. Si no se retuvo, ¿por qué no se restituye igualmente?”. Estas dudas se repiten en numerosos afectados que ven cómo otros, con pensiones más altas, sí recibirán el reembolso.
En una situación similar se encuentra Manolo García, quien reclama “más justicia social” y critica que “los que menos cobran nunca verán ni un céntimo”. Desde asociaciones de pensionistas, como COESPE, denuncian esta desigualdad y piden al Gobierno y a la Agencia Tributaria que corrijan lo que consideran una discriminación inaceptable.
Procedimientos recomendados por Hacienda para solicitar la devolución del dinero pagado de más
A pesar de las limitaciones para quienes no tuvieron retenciones, la Agencia Tributaria ha habilitado un formulario para solicitar la devolución correspondiente. Fuentes de Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda, recomiendan presentar la declaración de la renta incluso a quienes no estén obligados a hacerlo. De este modo, podrían reflejar cualquier ajuste negativo (DT2) que rebaje la carga fiscal o implique una devolución.
En relación con ejercicios anteriores, Hacienda permite solicitar la aplicación de la DT2 con un formulario específico, con el que se autoriza a la Agencia Tributaria a confeccionar y presentar en nombre del contribuyente la autoliquidación de IRPF de 2020, aplicando la opción más ventajosa.
Medidas pendientes que podrían favorecer a los pensionistas con ingresos bajos o nula retención
Aunque Hacienda ha escuchado a muchos mutualistas al abonar lo adeudado en un solo pago este 2025, las asociaciones reclaman un cambio normativo que incluya a quienes perciben pensiones muy reducidas. De momento, no se han anunciado soluciones concretas para este colectivo. ¿Te interesa saber más? A continuación se muestran algunas diferencias clave entre quienes recibirán la devolución y quienes se quedan fuera:
Situación del pensionista | Posible devolución de IRPF |
---|---|
Retenciones aplicadas en su pensión | Sí, pueden reclamar |
Sin retenciones por baja pensión | No, por no haber pagado IRPF |
Además, colectivos como COESPE insisten en que la devolución debe abarcar a todos los jubilados exmutualistas, dado que, en su opinión, el dinero ingresado en su día ya fue un exceso de tributación.
El giro de Hacienda supone un avance para miles de jubilados mutualistas, pero deja fuera a quienes más lo necesitan. Se recomienda revisar detenidamente la situación fiscal personal, presentar la declaración de la renta, aunque no haya obligación legal y preparar todos los formularios pertinentes. Te animamos a consultar otros temas relacionados en la sección de trámites, que ponemos a disposición de los usuarios en nuestra plataforma digital.