¿En qué consiste el riesgo de perder el subsidio? Aquellas personas que solicitan o cobran un subsidio del SEPE deben cumplir un requisito clave: la carencia de rentas. Esto implica no sobrepasar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extras. Durante 2025, dicho límite se ha fijado en 888 euros mensuales. El problema surge cuando se reciben ingresos extraordinarios, como la venta de una vivienda, que pueden elevar tus rentas y provocar la suspensión o la pérdida de la prestación.
¿Por qué la venta de una vivienda puede suspender el subsidio del SEPE?
La asesora Clara Martínez, de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, advierte que cualquier ganancia patrimonial generada tras la venta de un inmueble puede disparar tus ingresos mensuales por encima del tope permitido. Así, incluso si se trata de una única venta, el importe total se divide entre doce meses para calcular la cantidad media que percibes. ¿Te compensa arriesgar la ayuda sin notificarlo al SEPE?
Por otro lado, resulta especialmente importante comunicar estas ganancias si no se trata de la vivienda habitual. Si al dividir el importe entre doce se rebasa el límite mensual de 888 euros, el subsidio se suspende 30 días y, en función de la situación final, podrías perderlo para siempre.
Claves sobre la reinversión del dinero tras vender la propiedad y su efecto en las prestaciones
La situación varía si vuelves a invertir en otra vivienda. Según Martínez, si la venta se efectuó el mes anterior a solicitar el subsidio, puede que no tengas que declararla en esa declaración de rentas concreta. Sin embargo, una vez estés cobrando la ayuda, el SEPE aconseja comunicar cualquier ingreso que pudiese alterar los límites establecidos.
Por ejemplo, si has vendido tu casa habitual y reinviertes la cantidad en la compra de otra, Hacienda no exige reflejar la ganancia patrimonial en la declaración de la renta, aunque es recomendable notificarlo al SEPE para evitar futuras incidencias. Sin embargo, la venta no es el único escenario a considerar. También se incluyen otros supuestos de ingresos extraordinarios:
- Donaciones y herencias
- Planes de pensiones rescatados
- Premios de lotería
- Alquileres y rendimientos presuntos de segundas residencias
Recuerda que, si posees una segunda vivienda sin alquilar, debes calcular su rendimiento presunto aplicando el 3,25% sobre el valor catastral y dividirlo entre 12 meses. Si esta cifra supera el límite de 888 euros, el subsidio podría verse afectado. Para que te sirva de guía, aquí tienes un breve cuadro:
Concepto | Límite o Cálculo Mensual |
---|---|
75% del SMI en 2025 | 888 € |
Rendimiento presunto (3,25% sobre valor catastral /12) | Depende del valor catastral de tu vivienda |
Ganancia por venta de inmueble | Se divide entre 12 meses para calcular ingresos |
Cómo notificar al Servicio Público de Empleo Estatal y cuándo solicitar la reanudación del subsidio
Para evitar sorpresas, el SEPE recomienda presentar cualquier modificación de rentas en la oficina de empleo o a través de su sede electrónica. Si la venta de tu inmueble ocasiona que tus ingresos superen momentáneamente los 888 euros, el subsidio puede suspenderse durante 30 días. Una vez transcurrido ese periodo, podrá solicitarse la reanudación siempre que ya no se rebase el tope de rentas permitido.
¿Tienes previsto vender una segunda vivienda? Ojo con los plazos y la notificación de esa venta, porque una declaración tardía podría acarrear sanciones más severas. Vender una vivienda mientras cobras un subsidio del SEPE exige cumplir con ciertas obligaciones de notificación. El riesgo de suspender o perder la ayuda es real, sobre todo si la ganancia te coloca por encima del umbral de 888 euros mensuales. Lo más aconsejable es consultar previamente con el Servicio Público de Empleo Estatal o con un asesor especializado. Conoce más información sobre otras prestaciones en nuestro portal web de información de Andalucía.